Mi práctica profesional como psicólogo se rige por los estándares éticos y deontológicos más rigurosos, con el objetivo primordial de garantizar el bienestar, la confidencialidad y el respeto a los derechos de las personas que solicitan mis servicios.
Estos principios están alineados con el código deontológico establecido por el Col·legi Oficial de Psicologia de Catalunya (COPC), entidad que regula la profesión en nuestra comunidad.
El código deontológico es una guía fundamental que orienta mi actuación en todos los ámbitos de la psicología, asegurando una práctica responsable, competente y honesta.
Para una consulta detallada del documento completo, puede acceder al código deontológico vigente directamente:
Consultar el Código Deontológico del COPC (PDF)
En el ejercicio de la profesión, como psicólogo, estoy obligado a respetar los principios comunes a toda deontología profesional (basado en el Artículo 5 del Codi Deontològic del COPC):
Además, la práctica psicológica se enmarca en los principios de beneficencia y no-maleficencia, lo que significa un compromiso permanente con la promoción del bienestar y la evitación de cualquier daño.
La información que recojo en el ejercicio de mi profesión está sometida a un estricto deber de confidencialidad profesional (basado en el Artículo 38 del Codi Deontològic del COPC).
Antes de iniciar cualquier intervención psicológica, proporciono información completa y comprensible sobre:
Estos principios éticos no son solo obligaciones profesionales, sino la base de una relación terapéutica de confianza, respeto mutuo y compromiso con tu bienestar.
Última actualización: Octubre 2025